Modelo 303 (IVA)
El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Resume el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) menos el que has pagado a tus proveedores y es deducible (IVA soportado). La diferencia es lo que ingresas a Hacienda o, si sale negativa, lo que compensas o te devuelven.
Aikount calcula el 303 a partir de tu contabilidad real, no de una hoja aparte: los mismos asientos que ves en el libro son los que alimentan el modelo.
Cómo se calcula
Resultado = IVA repercutido − IVA soportado deducible.
- IVA repercutido: sale de tus facturas de venta. En contabilidad es la cuenta
477. Ver IVA e IRPF. - IVA soportado: sale de tus facturas de compra deducibles. En contabilidad es la cuenta
472. Ver IVA soportado y reverse charge.
Como el modelo se construye desde el libro, si el resultado no cuadra con lo que esperas, casi siempre es porque falta una factura por registrar o un gasto sin importar, no un fallo de cálculo.
Qué incluye Aikount
- Ventas y compras nacionales con sus distintos tipos de IVA.
- Inversión del sujeto pasivo (reverse charge) en compras intracomunitarias: el IVA se autorrepercute y se deduce en el mismo modelo, de forma automática.
- Las rectificativas y abonos ya netean sus bases y cuotas.
Las ventas intracomunitarias exentas (IVAINTRA) no llevan IVA en el 303; se declaran aparte en el Modelo 349. El IVA de ventas B2C a la UE por OSS va al Modelo 369, no al 303.
Resumen anual: Modelo 390
El Modelo 390 es el resumen anual informativo del IVA. Recopila lo declarado en los cuatro 303 del ejercicio. Aikount lo prepara con los mismos datos del libro, de forma que cuadre con los trimestrales.
Antes de presentar
- Comprueba que todas las facturas de venta del trimestre están emitidas y todas las compras importadas y conciliadas.
- Revisa el borrador del
303en la sección de Impuestos. - Presenta en la Sede Electrónica de la AEAT (tú o tu gestor).
- Marca el modelo como presentado y guarda el justificante.
Aikount prepara el
303; no lo presenta ni paga por ti. La presentación y el ingreso los haces tú o tu gestor ante la AEAT.
Consulta las fechas en el Calendario fiscal.