Guía · IVA en ventas a la UE

Modelo 369, explicado

El Modelo 369 es la declaración de la ventanilla única (OSS) con la que declaras y pagas en España el IVA de otros países de la UE por tus ventas a consumidores finales de esos países. Aquí tienes quién lo presenta, el umbral de 10.000 €, los plazos de 2026 y un ejemplo.

Por Víctor Cavero, fundador de Aikount

Actualizado:

Si vendes por internet a particulares de Francia, Alemania o Italia, a partir de cierto volumen tienes que cobrarles el IVA de su país, no el español. Sin la ventanilla única tendrías que darte de alta en cada uno de esos países. Con ella, declaras todo ese IVA extranjero en un único formulario, el Modelo 369, lo pagas a la AEAT y ella lo reparte. Tus ventas en España y tus gastos siguen en el Modelo 303. Tienes el resto de vencimientos en el calendario fiscal 2026 y en el hub de modelos fiscales.

Qué es el Modelo 369

Es la autoliquidación de los regímenes especiales de ventanilla única del IVA, en inglés One-Stop Shop (OSS) e Import One-Stop Shop (IOSS). Solo sirve para operaciones con consumidores finales (B2C): las ventas a empresas de otros países de la UE siguen yendo sin IVA, con inversión del sujeto pasivo, y se informan en el Modelo 349.

RégimenPara quiénPeriodo
Régimen de la UniónEmpresas establecidas en la UE que hacen ventas a distancia de bienes a consumidores de otros Estados miembros, o les prestan servicios que tributan en destinoTrimestral
Régimen exterior de la UniónEmpresas no establecidas en la UE que prestan servicios a consumidores de la UETrimestral
Régimen de importación (IOSS)Ventas a distancia de bienes importados en envíos de hasta 150 €Mensual
  • Una empresa o un autónomo establecido en España usa casi siempre el régimen de la Unión.
  • En cada venta aplicas el tipo de IVA del país del cliente: por ejemplo, el 20 % general de Francia o el 22 % de Italia.
  • El IVA de tus compras y gastos no se deduce en el 369: se sigue deduciendo en tu 303.

Quién tiene que presentarlo: el umbral de 10.000 €

Hasta 10.000 € al año de ventas a distancia de bienes y de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos a consumidores del resto de la UE, puedes seguir cobrando IVA español. El límite se cuenta sumando todos los países de la UE, no país por país, y mira el año anterior y el año en curso.

  • Si el año anterior superaste los 10.000 €, desde el 1 de enero tributas en destino.
  • Si los superas durante el año, la venta que cruza el límite y todas las siguientes ya llevan el IVA del país del cliente.
  • Por debajo del límite puedes optar por tributar en destino desde el principio; la opción dura como mínimo dos años naturales.
  • Si envías los bienes desde un almacén en otro Estado miembro, el umbral no se aplica.
  • Una vez en destino, puedes darte de alta en el IVA de cada país o usar la ventanilla única. Casi todas las pymes eligen la ventanilla, y entonces presentan el 369.

Alta en la ventanilla única: el formulario 035

Para usar el 369 primero te das de alta en el régimen con el formulario 035, en la Sede Electrónica de la AEAT. El alta produce efectos desde el primer día del trimestre siguiente. Si tu primera venta en destino llega antes, el régimen se aplica desde esa venta siempre que presentes el 035 como tarde el día 10 del mes siguiente.

  • Para salir del régimen hay que comunicarlo al menos quince días antes de que acabe el trimestre; la baja se aplica desde el trimestre siguiente.
  • Tienes que llevar un registro de las operaciones de la ventanilla única y conservarlo diez años desde el final del año de la operación.

Plazos del Modelo 369 en 2026

En los regímenes de la Unión y exterior el 369 es trimestral y se presenta durante el mes siguiente al final del trimestre. A diferencia del 303, el plazo no se alarga si el último día cae en fin de semana o festivo: es una regla europea y el calendario de la AEAT lo aplica así.

PeriodoPresentación y pago
4T 2025Hasta el 31 de enero de 2026 (sábado)
1T 2026Del 1 al 30 de abril
2T 2026Del 1 al 31 de julio
3T 2026Del 1 al 31 de octubre (sábado)
4T 2026Hasta el 31 de enero de 2027 (domingo)
  • El régimen de importación (IOSS) es mensual: el plazo es el mes siguiente a cada mes.
  • El 4T 2026 sigue la regla de la orden del modelo; la AEAT aún no ha publicado su calendario de 2027.
  • Si estás dado de alta, presentas el 369 aunque en el trimestre no hayas vendido nada: es una declaración sin actividad.
  • El pago se hace en euros dentro del mismo plazo, con NRC a través de una entidad colaboradora. La orden no prevé domiciliarlo.

Cómo se rellena

El 369 no tiene casillas numeradas como el 303. Para cada país de consumo declaras la base imponible y el IVA de cada tipo que hayas aplicado, separando bienes y servicios, y el total a pagar. Las correcciones de trimestres anteriores van en un apartado propio.

  • País de consumo: el del cliente, que es donde se entregan los bienes o donde está el consumidor del servicio.
  • Tipo de IVA: el de ese país para ese producto o servicio. Si un mismo país tiene ventas a dos tipos, van en líneas distintas.
  • Base imponible e IVA en euros.
  • Correcciones: el 369 presentado no se puede modificar ni hay complementarias. Los errores y los abonos se corrigen en el 369 de un periodo posterior, dentro de los tres años siguientes al fin del plazo de la declaración original.
  • Si te retrasas en el pago, la AEAT te envía un recordatorio y, a partir de ahí, el cobro corresponde al país de consumo.

Ejemplo de cálculo (cifras de ejemplo)

Ejemplo inventado con números redondos. Una tienda online española, dada de alta en el régimen de la Unión, vende ropa a particulares de otros países en el segundo trimestre de 2026. Todo va al tipo general de cada país. Así queda su 369, a presentar y pagar hasta el 31 de julio:

PaísBaseTipoIVA
Alemania6.000 €19 %1.140 €
Francia4.000 €20 %800 €
Italia2.000 €22 %440 €
Total12.000 €2.380 €
  • Ingresa 2.380 € a la AEAT con el 369. No tiene que darse de alta en Alemania, Francia ni Italia.
  • En su Modelo 303 del 2T informa de esos 12.000 € en la casilla 123, sin IVA español.
  • El IVA de las compras de la ropa, del envío y de su software lo deduce en el 303, como siempre.
  • Los tipos generales de este ejemplo son los publicados por la Comisión Europea; antes de facturar, comprueba el tipo vigente para tu producto en cada país.

Relación con el 303 y el 349

El 369 convive con tus otras declaraciones de IVA, pero cada operación va solo a una de ellas.

  • Modelo 303: las ventas B2C a la UE acogidas a la ventanilla única se informan en la casilla 123 («operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única»), sin cuota. El IVA soportado relacionado se deduce en el 303.
  • Modelo 349: solo recoge operaciones intracomunitarias con empresas que tienen NIF-IVA. Las ventas a particulares de la ventanilla única no van en el 349.
  • Si un cliente de otro país te da un NIF-IVA válido, la venta es B2B: sin IVA en la factura, al 303 y al 349, no al 369. Puedes comprobarlo con la herramienta del VIES.
  • Modelo 390: el resumen anual del IVA recoge tus 303, no los 369.

Errores típicos (y cómo evitarlos)

La mayoría de errores con el 369 vienen de no vigilar el umbral o de confundir clientes particulares con empresas.

  • Seguir cobrando IVA español después de superar los 10.000 € en el conjunto de la UE.
  • Contar el umbral país por país en lugar de sumar todos los países.
  • No presentar el 369 de un trimestre sin ventas: estando de alta, hay que presentar la declaración sin actividad.
  • Dar por hecho que el plazo se mueve al lunes como el del 303 cuando el último día es fin de semana.
  • Meter las ventas OSS en el 349 o cobrarles IVA español en el 303.
  • Intentar corregir un trimestre con una complementaria: la corrección va en un 369 posterior.
  • Aplicar el tipo general del país a un producto que allí tiene tipo reducido, o al revés.

Cómo lo prepara Aikount

Aikount prepara el borrador del 369 del régimen de la Unión desde tus facturas de venta, trimestre a trimestre.

  • En Ajustes activas el régimen OSS con su fecha de efectos. Desde esa fecha, las ventas B2C a otros países de la UE llevan el IVA del país de destino; antes, siguen como IVA español.
  • Agrupa las ventas por país de consumo, tipo de IVA y tipo de suministro (bienes o servicios), con base e IVA en euros.
  • Lleva los abonos de facturas de trimestres anteriores a correcciones del periodo original, en lugar de restarlos del trimestre actual.
  • Avisa si tus ventas B2C a la UE superan los 10.000 € y si un tipo aplicado no coincide con el oficial del país.
  • En el 303 informa de esas ventas en la casilla 123, sin sumarlas al IVA español. Exporta el 369 en CSV.
  • No cubre el régimen exterior de la Unión ni el de importación (IOSS), no genera el fichero de presentación de la AEAT y no presenta ni paga por ti.

Normativa y fuentes oficiales

Esta guía está contrastada con el texto vigente del BOE y con la información de la Agencia Tributaria a fecha de 28 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el Modelo 369 si no supero los 10.000 €?

No, salvo que hayas optado por tributar en destino. Mientras tus ventas a distancia de bienes y de servicios electrónicos a consumidores del resto de la UE no pasen de 10.000 € al año, sumando todos los países, puedes cobrar IVA español y declararlo en el 303. Si optas por tributar en destino, la opción te vincula al menos dos años.

¿Cuándo se presenta el Modelo 369 en 2026?

En el régimen de la Unión, cada trimestre durante el mes siguiente: hasta el 31 de enero de 2026 el 4T de 2025, y del 1 al 30 de abril, del 1 al 31 de julio y del 1 al 31 de octubre los tres primeros trimestres de 2026. El plazo no se alarga aunque el último día sea fin de semana o festivo.

¿Hay que presentar el 369 si no he vendido nada en el trimestre?

Sí. Si estás dado de alta en la ventanilla única, presentas el 369 de cada periodo aunque no hayas tenido operaciones, marcándolo como declaración sin actividad.

¿Cómo corrijo un error en un 369 ya presentado?

No se puede modificar ni hay complementaria. La corrección se incluye en el 369 de un periodo posterior, en el apartado de correcciones, dentro de los tres años siguientes al final del plazo de la declaración original.

¿Las ventas del 369 van también en el 303 o en el 349?

En el 303 solo como dato informativo en la casilla 123, sin IVA español. En el 349, no: ese modelo es para ventas y servicios a empresas con NIF-IVA de otros países de la UE. El IVA de tus compras sí lo sigues deduciendo en el 303.

¿Puedo deducir el IVA de mis gastos en el Modelo 369?

No. En el 369 solo se declara el IVA de las ventas. Si estás establecido en España, el IVA soportado de las compras relacionadas lo deduces en tu Modelo 303 por el régimen general.

¿Aikount presenta el Modelo 369?

No. Aikount prepara el borrador del régimen de la Unión con tus ventas por país y tipo, te avisa del umbral y del plazo y lo deja exportado. La presentación y el pago los haces tú o tu gestor en la Sede Electrónica de la AEAT.

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