Guía · IVA UE

Modelo 349, explicado

El Modelo 349 es la declaración informativa de tus operaciones intracomunitarias: ventas y compras con empresas de la UE. No se paga IVA con él, pero un NIF-IVA mal informado puede costarte la exención.

Actualizado:

El Modelo 349 es una declaración informativa recapitulativa: cuenta a Hacienda con qué empresas de la Unión Europea has operado y por cuánto. No liquida IVA — el IVA va en el Modelo 303 — sino que cruza tus datos con los de la administración del otro país para controlar las entregas exentas y las adquisiciones con inversión del sujeto pasivo.

Qué es y qué operaciones entran

Entran las operaciones intracomunitarias entre empresas: las entregas de bienes y prestaciones de servicios exentas que facturas a una empresa de la UE con NIF-IVA válido, y las adquisiciones intracomunitarias con inversión del sujeto pasivo.

  • Ventas B2B a empresas de la UE con NIF-IVA válido: van exentas y aquí se recapitulan.
  • Compras intracomunitarias con inversión del sujeto pasivo (reverse charge).
  • Las ventas B2C a particulares de la UE no entran aquí: van con IVA español o por OSS.
  • Las exportaciones a terceros países (fuera de la UE) tampoco entran: no son operaciones intracomunitarias.

Quién lo presenta

Cualquier autónomo o empresa que haya realizado operaciones intracomunitarias en el periodo, aunque sean pocas. Si en un periodo no has tenido ninguna, no se presenta: el 349 solo existe cuando hay operaciones que declarar.

  • Quien vende a empresas de la UE con NIF-IVA válido.
  • Quien compra a proveedores de la UE con reverse charge.
  • Quien presta servicios intracomunitarios B2B.
  • También las sociedades y las comunidades de bienes con actividad.

Plazos: mensual o trimestral

La periodicidad del 349 depende del volumen de operaciones intracomunitarias: por debajo del umbral es trimestral y por encima pasa a mensual durante el año siguiente. Se presenta dentro de los 20 primeros días del mes siguiente al periodo.

  • Trimestral: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero.
  • Mensual (superado el umbral): del 1 al 20 de cada mes.
  • El umbral se refiere al volumen de operaciones intracomunitarias, no a tu facturación total.
  • Confirma con tu gestor la periodicidad que te corresponde: cambia según el ejercicio.

Cómo se rellena

El 349 se recapitula por contacto y NIF-IVA, no línea a línea: se suma todo lo operado con cada empresa de la UE y se presenta un importe por cliente o proveedor, con su clave de operación (entrega, adquisición, servicio).

  • Agrupa por contacto y NIF-IVA intracomunitario, no por factura.
  • Usa la clave de operación correcta en cada línea (E, A, S…).
  • Separa las operaciones por periodo (mes o trimestre) según tu periodicidad.
  • Incluye las rectificaciones y las operaciones de periodos anteriores.

El NIF-IVA: el error que más cuesta

Un NIF-IVA mal informado o no válido en VIES hace que la operación no cuadre en el 349 y puede obligarte a repercutir IVA al cliente. Revísalo en la ficha del contacto antes de facturar.

  • El NIF-IVA (VAT) del cliente debe estar en el censo VIES.
  • Si no es válido, la entrega no es exenta: tendrías que repercutir IVA español.
  • Guarda la prueba de la validación (fecha de consulta en VIES).
  • Con Aikount lo guardas en la ficha del contacto y lo usas al emitir la factura.

Preguntas frecuentes

¿El Modelo 349 se paga?

No. Es informativo: no liquida ninguna cuota. El IVA de esas operaciones se declara en el Modelo 303 (o no se declara, si la operación es exenta o con inversión del sujeto pasivo) y el 349 solo recapitula con quién y por cuánto has operado.

¿Cuándo es mensual y cuándo trimestral?

Depende del volumen de operaciones intracomunitarias: por encima del umbral legal la presentación pasa a mensual, y por debajo se mantiene trimestral. El umbral se mide sobre las operaciones intracomunitarias, no sobre tu facturación total. Confírmalo con tu gestor.

¿Qué pasa si mi cliente me da un NIF-IVA que no está en VIES?

La entrega deja de poder considerarse exenta y tendrías que repercutir IVA español, con la consiguiente rectificación de la factura. Por eso conviene validar el NIF-IVA en VIES antes de emitir y guardar la constancia de la consulta.

¿Aikount presenta el 349?

Aikount prepara los datos: agrupa tus operaciones intracomunitarias por contacto y clave, y te avisa del vencimiento. La presentación en la Sede Electrónica de la AEAT la haces tú o tu gestor.

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